El periodista no debe ser el vocero del poder económico, político o ideológico, sino que debe tener presente que su principal propósito es la comunidad, los ciudadanos y que en ese punto debe tener claridad política sobre la construcción de los contenidos y la información.

Jesús Martin Barbero

“Nadie será objeto de interferencias en su vida privada. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales interferencias”.

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)Derechos DigitalesFLIPIDHUCA, y Open Knowledge Brasil nos unimos para proteger a los derechos humanos que pueden verse afectados por el uso de tecnologías con capacidades de vigilancia sin las salvaguardas, restricciones y controles necesarios. La pandemia del COVID-19 ha llevado a muchos países de la región a adquirir, desarrollar e implementar estas tecnologías como mecanismos de respuesta al virus. Sin embargo, desconocemos mucho sobre los alcances, eficacia e impactos que pueden tener sobre derechos fundamentales como la privacidad, la libertad de expresión, la igualdad y la integridad. 

Esta información es clave para proteger nuestros derechos. Queremos exigir que, durante la pandemia y en todo momento, la transparencia, la debida diligencia y el acceso a la justicia guíen la adquisición e implementación de estas tecnologías como formas de garantizar su uso legal, necesario y proporcional.

¿CÓMO?

La transparencia y la rendición de cuentas son fundamentales para garantizar que las tecnologías con capacidad de vigilancia no violen derechos humanos. Los Estados deben generar procesos diligentes y garantizar el acceso a la información pública necesaria para fiscalizar la protección de nuestros derechos y permitir el acceso a la justicia. Buscamos promover el uso de los mecanismos de acceso a la información pública para empoderar el control ciudadano sobre la vigilancia llevada a cabo durante la pandemia. 

Para esto, de forma simultánea hemos presentado solicitudes de acceso a la información en BrasilChileColombia, y El Salvador para conocer los alcances e impactos de las tecnologías utilizadas para responder a la pandemia y sobre los procesos llevados a cabo por los Estados para garantizar que las mismas respeten los derechos humanos. Las respuestas que obtengamos las compartiremos y analizaremos en este sitio.

Asimismo, generamos recursos e insumos para orientar la presentación de solicitudes similares de acceso a la información sobre otras tecnologías o sobre otros países.

¿QUÉ QUEREMOS SABER CON ESTAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN?

Entre diversos puntos necesarios para evaluar si estas tecnologías respetan los derechos humanos.

Queremos conocer cuál fue el proceso, las consideraciones y los acuerdos que hicieron parte del proceso de adquisición de las tecnologías con capacidad de vigilancia.

Buscamos informarnos sobre las evaluaciones y análisis de impacto que se llevaron a cabo de forma previa a la adquisición e implementación en relación con las posibles afectaciones a derechos humanos y cuáles son las formas de fiscalización durante su implementación.

Queremos conocer qué tipo de datos se recogen a través de estas tecnologías, dónde se encuentran y quiénes pueden acceder a ellos, qué se hace con esos datos, con cuales otros datos se comparan y cuánto tiempo se almacenan.

Nos proponemos conocer qué procesos existen y se han llevado a cabo para evaluar la eficacia y utilidad de las tecnologías implementadas para el control y enfrentamiento de la pandemia.

Queremos conocer quienes proporcionan y mantienen estas tecnologías y cuál fue el costo de su adquisición e implementación. 

¿CÓMO AFECTA LA VIGILANCIA MASIVA A NUESTROS DERECHOS HUMANOS? 

Las tecnologías con capacidades de vigilancia que son implementadas sin el debido respeto a lo establecido por el derecho internacional de los DDHH pueden generar graves violaciones de derechos humanos. El contexto actual de la pandemia del COVID-19 presenta mayores riesgos en tanto se implementan “soluciones tecnológicas” como medidas para enfrentar la pandemia de manera apresurada, sin los debidos controles y bajo argumentos de que son necesarias para garantizar el derecho a la salud.

“Nadie será objeto de interferencias en su vida privada. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales interferencias”

La capacidad de vigilar puede generar violaciones al derecho a la privacidad y al derecho a la libertad de expresión, así como permitir el uso de la información recabada para fines ilegítimos y peligrosos, incluyendo la discriminación, persecución, criminalización y violencia en contra de personas, generando situaciones de riesgo para los derechos a la integridad, a la vida y a la libertad personal. 

En una sociedad democrática, toda persona debería tener derecho a acceder a la información relativa a la implementación de tecnologías con capacidades de vigilancia, incluido el alcance y el objetivo de los datos recopilados.

Cinco organizaciones de derechos humanos que coincidimos en el objetivo de generar mejores salvaguardas y controles para que las tecnologías con capacidad de vigilancia no sean utilizadas para fines ilegítimos y de formas que violen nuestros derechos.

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional – CEJIL 

Derechos Digitales – Chile

Open Knowledge Brasil

Fundación para la Libertad de Prensa – FLIP – Colombia

IDUHCA – El Salvad

Clustertv.net PRENSA

Centro de Investigaciones en Comunicaciones para Iberoamérica

Agenda Pública A.P.